Proyecto de ley plantea derogar la Ley 32054 y restablecer la aplicación del régimen general de responsabilidad de las personas jurídicas a las organizaciones políticas en casos vinculados con delitos.
El diputado Héctor Guillen Valencia, integrante del grupo parlamentario Juntos por el Perú, presentó un proyecto de ley que propone modificar el Código Penal y la Ley 30424 con el objetivo de restituir la aplicación de consecuencias accesorias y medidas de responsabilidad administrativa a las organizaciones políticas.
La iniciativa plantea derogar la Ley 32054, norma que modificó en 2024 el artículo 105 del Código Penal y el artículo 5 de la Ley 30424, estableciendo un tratamiento particular para los partidos políticos.
Según la exposición de motivos, el objetivo es eliminar la diferencia actualmente existente entre los partidos políticos y las demás personas jurídicas de derecho privado y restituir el régimen general de responsabilidad administrativa frente a determinados delitos.
¿Qué consecuencias podrían volver a aplicarse?
El proyecto propone modificar el artículo 105 del Código Penal para eliminar la excepción introducida para las organizaciones políticas. De esta manera, cuando un hecho punible sea cometido en ejercicio de la actividad de una persona jurídica o utilizando su organización para favorecerlo o encubrirlo, podrían aplicarse las medidas previstas en dicho artículo.
Entre ellas se encuentran la clausura temporal o definitiva de locales, disolución y liquidación, suspensión de actividades, prohibición de realizar determinadas actividades y multas de entre 5 y 500 UIT.
Actualmente, el Código Penal establece que a los partidos políticos no se les aplican determinadas consecuencias accesorias y que estas organizaciones quedan sujetas al régimen sancionador previsto en la Ley de Organizaciones Políticas.
Cambios a la Ley 30424
La iniciativa también propone modificar el artículo 5 de la Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal.
El texto propuesto contempla medidas como multa, inhabilitación, suspensión de actividades, prohibición de desarrollar determinadas actividades, impedimento definitivo para contratar con el Estado, cancelación de licencias y autorizaciones, clausura de establecimientos y disolución.
El cambio es relevante porque la legislación vigente establece que a los partidos políticos no se les aplican las medidas de inhabilitación, clausura y disolución contempladas en determinados literales del artículo 5 de la Ley 30424.
Buscan eliminar un régimen diferenciado
La exposición de motivos sostiene que la Ley 32054 introdujo una excepción para los partidos políticos dentro del régimen aplicable a las personas jurídicas. Por ello, la propuesta busca que las organizaciones políticas vuelvan a estar sometidas al mismo estándar de responsabilidad administrativa que otras personas jurídicas de derecho privado.
El proyecto precisa, además, que este régimen coexistiría con las competencias de la ONPE y del JNE en materia de fiscalización del financiamiento partidario. Según la iniciativa, ambos sistemas operarían de manera paralela y complementaria debido a que atienden supuestos e infracciones distintos.
Finalmente, la propuesta establece que las modificaciones serían aplicables a los hechos cometidos a partir de la entrada en vigencia de la eventual ley y dispone expresamente la derogación de la Ley 32054.
Fuente: Proyecto de Ley 00117/2026-2031-CD – Cámara de Diputados.




